Nada de lo que hacemos sería posible sin la colaboración material de particulares, colectivos, empresas e instituciones que apoyan nuestra obra.
Nada de lo que hacemos sería posible sin la colaboración material de particulares, colectivos, empresas e instituciones que apoyan nuestra obra.
Donación en efectivo
Puedes ayudarnos con la cantidad que desees, de forma puntual o periódica.
A través de tarjeta bancaria, transferencia a los números de cuenta indicados o por bizum.
Tu aportación será destinada al proyecto que mas lo necesite en ese momento, aunque puedes indicarnos cual prefieres apoyar.
Donación de bienes
Puedes ayudarnos donando todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, pisos, locales, fondos, depósitos, seguros, etc…….
Toda aportación será de gran ayuda para llevar a cabo nuestros proyectos.
Te asesoramos y ayudamos en todo el trámite hasta su formalización ante notario.
Testamento solidario
Puedes ayudarnos cuando ya no necesites tus bienes, realizando tu donación a través del testamento.
Indícale al Notario nuestros datos: Asociación Mensajeros de la Paz, CIF G-28485779, Plaza Vara del Rey nº9 28005-Madrid, y envianos una copia.
Puedes contactar con nosotros a través de esta página web o por teléfono en el 913643940 de lunes a viernes de 9 a 14:30 horas.
Cuenta Santander:
ES74 0049 5104 14 2616049664
Cuenta Bankia:
ES72 2038 1005 10 6000737784
Tienes la posibilidad de acceder a nuestro formulario y rellenar los datos para hacer la donación.
Si prefieres hablar con nosotros directamente y facilitarnos tus datos bancarios:
Tel. (+34) 91 325 06 43
Fax (+34) 91 366 05 98
Mensajeros de la Paz está dentro del grupo de Fundaciones y Asociaciones sujetas a la ley 49/2002
Porcentajes de deducción
Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus donativos de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% o del 40% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
(a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ *
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Porcentajes de deducción
Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% de tus donativos. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.
(a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ *
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.